In this world: Juan Medina
Una niña llora a la puerta del Centro de Internamiento de Aluche, donde está encerrado su padre, a quien las autoridades policiales han asignado el número 2286.
Los CIE son los Centros de Internamiento de Extranjeros. En España hay diez de ellos, creados por la Ley de ExtranjerÃa del año 85 y dependientes del Ministerio del Interior. Son centros de retención de inmigrantes en situación irregular que estén en proceso de repatriación. Según la ley, la persona sólo deberá ser retenida durante el tiempo estrictamente imprescindible para la práctica de su expulsión, y con un máximo de 60 dÃas.
La única falta que han cometido las personas para ser internadas en los CIES es una falta administrativa (estar en situación irregular). No tienen un carácter penitenciario, ya que no han cometido ningún delito y no tienen condena, de lo contrario estarÃan en la cárcel.
En el mes de marzo de 2008, la Comisión de Libertades Civiles, Justicia e Interior del Parlamento Europeo hizo público un informe en el que se realizaba una valoración de los centros de internamiento situados en los paÃses de la Unión Europea. Con este antecedente, el Servicio Jesuita para los Refugiados inició en 2008, por encargo de la Comisión Europea, el estudio DEVAS para analizar la situación de los centros de internamiento de extranjeros (CIE) en 23 paÃses de la UE. En nuestro paÃs, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) se encargó de preparar el estudio y coordinar la elaboración del informe, que se presentó en diciembre de 2009. Para su realización se contó con la autorización del Ministerio del Interior, que permitió que un equipo de trabajo visitara los centros de Madrid, Málaga y Valencia.
Las visitas a las instalaciones de los tres centros permitieron concluir que funcionan de hecho con una dinámica penitenciaria, aunque con condiciones en casi todos los sentidos peores (espacio fÃsico, reglas y horarios, actividades, patio, acceso a comunicaciones, etc.). En aspectos sensibles del régimen interno, el estudio constató prácticas de hecho, como la existencia de celdas de aislamiento sin el correspondiente reglamento que lo regule, por lo que la discrecionalidad de su uso es total y, además, sin libro de registro ni comunicación sistemática al juez (garantÃa que establece la ley con carácter general).
Como señaló Javier de Lucas en la presentación del Informe, la existencia y, sobre todo, su actual configuración, repugna el Estado de Derecho. La información que recoge este estudio, que se suma a otras contribuciones recientes, bien merece una reflexión detenida desde todas las instancias, al mismo tiempo que una actuación decidida desde los movimientos sociales.
Qué raro que esto no saliera en el debate sobre el Estado de la Nación…
Juan Medina (Buenos Aires, 1963), es fotógrafo de la agencia Reuters con base en la isla de Fuerteventura. En los últimos años ha centrado su interés sobre los movimientos migratorios tanto en la llegada de personas a las islas asà como también en Argelia, Sáhara, Mauritania, Senegal y Mali.
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